La Audiencia reabre la causa al exconseller valenciano Rafael Blasco por los 600.000 euros de una cuenta en Suiza

El exconseller de Solidaridad y Ciudadanía del PP en la Generalitat Valenciana, Rafael Blasco. | Europa Press.
Por los 600.000 euros que recibió una cuenta en Suiza ordenados por Edinboro Investment, mercantil panameña tipo offshore vinculada con pagos de la trama Azud al exvicealcalde de València Alfonso Grau

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado al juzgado reabrir la causa al exconseller Rafael Blasco, condenado por el conocido como caso Cooperación, por los 600.000 euros que recibió una cuenta en Suiza ordenados por Edinboro Investment, mercantil panameña tipo offshore vinculada con pagos de la trama Azud al exvicealcalde de València Alfonso Grau.

Así se desprende del auto, consultado por Europa Press, en el que el tribunal revoca el archivo decretado por el Juzgado de Instrucción número 10 de València por prescripción de la causa abierta por presunto delito de blanqueo contra Blasco. De esta forma, estima el recurso de la Fiscalía para que se practiquen diligencias de investigación encaminadas a seguir el rastro de los fondos.

El juzgado archivó las actuaciones, según consta en el auto, adelantado por Las Provincias, porque los presuntos actos de disposición o favorecimiento atribuidos a Blasco ocurrieron entre los años 2008 y 2012, y constaba como la última relación del mismo como autorizado en la cuenta investigada de Ginebra el día 16 de julio de 2012.

No constaba, indicaba la jueza, ningún indicio de participación posterior en los hechos por parte del denunciado, con lo que consideraba que el delito de blanqueo de capitales se encontraría prescrito.

Fiscalía recurrió el archivo al entender que la última actuación valorado por la instructora de julio de 2012 consistió en el cierre de la cuenta y la transferencia de todos sus fondos a otra cuenta abierta a nombre de otra entidad. Al respecto, ve procedente averiguar el rastro de estos fondos o su transformación para acreditar si Blasco ha podido cometer un delito de blanqueo y situar con precisión el momento de la comisión del delito a los efectos de la prescripción.

La Audiencia, tras estudiar el caso, ve "razonable" la postura mantenida por el fiscal que valora como precipitado un archivo de las actuaciones sin hacer el seguimiento del rastro de los fondos que estaban a disposición de Blasco.

En todo caso, señala, el tribunal tampoco comparte en este momento de las actuaciones la apreciación que sobre la prescripción del delito se hace en el auto recurrido dado que no se discute que Blasco fue conseller durante los años 2008-2011, fechas en las que tuvo a su disposición los fondos descubiertos en la cuenta abierta a nombre de Jagat Inc --sociedad que controlaba la cuenta en la que aparecía el exconseller--.

"La condición de conseller le confiere la consideración de autoridad a efectos penales de conformidad con lo dispuesto en el art. 24.2 del Código penal en atención, entre otros, a las amplias competencias que a los consellers se atribuyen en el art. 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano".

Así, el artículo 303 del Código Penal contempla --agrega-- para los autores del delito de blanqueo de capitales una pena accesoria de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años "cuando los referidos hechos fueren realizados por autoridad o agente de la misma".

Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 131.1 del Código penal prescriben a los quince años los delitos "cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años". Si, de conformidad con lo apreciado en el auto recurrido, el delito dejó de cometerse en julio de 2012, el delito de blanqueo imputado a Blasco todavía no ha prescrito. Por ello estima el recurso del fiscal.

EL NOMBRE DE BLASCO

El nombre de Blasco apareció en el caso Azud en 2024, cuando la jueza remitió testimonio a los órganos competentes de la aparición del nombre del exconseller como titular, junto al promotor Miguel Montoro Tarazona --quien falleció en 2016--, de una cuenta en Suiza que recibió 600.000 euros ordenados por Edinboro Investment, mercantil panameña tipo offshore vinculada con pagos de la trama a Grau.

En una de las piezas de Azud, obraba un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que se refería a Rafael Blasco y a la mercantil Jagat Inc. Ante esta situación, la jueza acordó remitir testimonio de este informe a los órganos competentes a los efectos oportunos.

En concreto, tal y como se desprendía del informe de la UCO, de diciembre de 2023, mientras los investigadores rastreaban el dinero presuntamente abonado por parte de Edinboro Investments SA --mercantil cuyo beneficiario final era Miguel Montoro-- al exvicealcalde Alfonso Grau por comisiones para operaciones urbanísticas, comprobaron que aparecía el nombre de Blasco.

En 2007 Montoro constituyó en Panamá la sociedad Jagat Inc, que abrió una cuenta en Ginebra que tenía dos firmas: la del promotor y la de Rafael Blasco, entonces conseller del PP con el gobierno valenciano de Francisco Camps. Unos días después, el 25 de enero de 2008, la sociedad Edinboro ordenó una transferencia de 600.000 euros desde una cuenta radicada en Suiza a la de Jagat Inc.

En el informe de apertura de la cuenta de Suiza aparecía Blasco como socio de Montoro y persona con la que mantendría negocios en común. Se le otorgaba un papel en la sociedad Jagat y, además, refería que sus fondos irían a tener como destino esa cuenta bancaria.

En ese informe de apertura, así mismo, se hacía referencia a que no existían en la misma Personas Expuestas Políticamente (PEP). Sin embargo, en la fecha en la que se constituyó la sociedad Jagat Inc y cuando se ordenó la transferencia, Blasco era conseller de Solidaridad y de Ciudadanía de la Generalitat, cargo que ostentó entre junio de 2007 y junio de 2011.

Los 600.000 euros se abonaron a la cuenta en la que figuraba Blasco el 30 de enero de 2008 y constituyó un saldo inicial que, inmediatamente después, fue destinado prácticamente en su totalidad --598.000 euros-- a un depósito. Transcurridos tres meses se transfirió el dinero, junto al rendimiento generado de 3.752,45 euros.