El exgerente del General de Valencia y sobrino de Blasco, condenado a 7 años de prisión por amaño de contratos

El exgerente del General de Valencia y sobrino de Blasco, condenado a 7 años de prisión por amaño de contratos. | Europa Press.
El exconseller de Sanidad está condenado por el 'caso Cooperación'

La sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a Sergio Blasco, exgerente del Hospital General de València y sobrino del exconseller de Sanidad y de Cooperación con el PP, Rafael Blasco, --condenado por el caso Cooperación--, a la pena de siete años de prisión por el amaño de contratos sanitarios y el cobro de comisiones dentro del conocido como 'caso Osvaldos'.

En este procedimiento, junto a Sergio Blasco, había diez acusados más, entre ellos, su hermano, Francisco José, administrador de una empresa sanitaria, y otras nueve personas más por el desvío de fondos procedentes de contratos públicos adjudicados por el hospital entre los años 2005 y 2014. Se creó un entramado societario para cobrar comisiones por un importe de 1.022.628 euros.

La Audiencia ha condenado a seis de los acusados, entre ellos Sergio Blasco, a penas que van desde los 16 meses hasta los siete años de prisión. Sin embargo, absuelve a otros cinco encausados por falta de pruebas. La sentencia, de 483 páginas, ha sido notificada este jueves a las partes y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo (TS).

El juicio por estos hechos se celebró en diferentes sesiones entre el 16 de septiembre y el 4 de diciembre de 2025. El principal acusado, Sergio Blasco, quien fuera director económico del Hospital General de Valencia entre 1996 y 1999 y gerente del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia (CHGUV) hasta 2014, ha sido condenado a penas que suman siete años de prisión, 19 años de inhabilitación para cargo público y a pagar multas que suman más de dos millones de euros.

La Sala le ha declarado autor de delitos continuados de prevaricación administrativa, fraude en la contratación pública y cohecho en concurso con falsedad de documento mercantil, así como de un delito de blanqueo de capitales, aunque le absuelve de malversación y de negociaciones prohibidas a autoridad o funcionario público.

El tribunal considera acreditado que este penado, con la ayuda al menos de un jefe de área del CHGUV y de otros acusados, tejó un entramado societario para favorecer a algunas empresas con la adjudicación irregular de contratos sanitarios, cobrar comisiones y desviar fondos de unas mercantiles a otras en beneficio propio y de su entorno familiar.

Asimismo, generó la circulación de dinero mediante facturas falsas que no obedecían a operaciones reales, a fin de ocultar su procedencia ilícita, y pagó con esos fondos a empleados.

Así, Sergio Blasco influyó en tres empresas que tenían una actividad previa para que resultaran adjudicatarias de diversos contratos a cambio de comisiones que se canalizaban a través de otras sociedades sin actividad real mediante un sistema de facturación ficticio.

Esas tres firmas adjudicatarias estaban administradas por José María B.G., Francisco José E.V. y Miguel S.G., a los que la Sala ha impuesto sendas condenas de tres años y dos meses de cárcel, inhabilitación y multas como autores de delitos de prevaricación administrativa, blanqueo de capitales y cohecho y falsedad de documento mercantil. A todos ellos, como al propio gerente del Consorcio, la Audiencia aplica la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.

Los últimos dos condenados por esta causa son Gisela Amparo S.B. y José Luis S.G., que eran administradores de sendas empresas y han sido condenados a un año y cuatro meses de prisión por delitos de blanqueo, cohecho y falsedad documental, con la concurrencia en ambos casos de las atenuantes de dilaciones indebidas y también de reparación del año y confesión tardía.

EL PAPEL DE SERGIO BLASCO

Además de desviar dinero público para enriquecerse y sufragar gastos particulares, la resolución judicial declara probado que el entonces gerente del CHGUV participó en proyectos de construcción de hospitales en el extranjero, pese a tener un contrato de alta dirección con dedicación exclusiva.

El cobro de algunas de las comisiones, según señala el tribunal, "se enmascaraba con la suscripción de contratos y facturación ficticia o con la programación de cursos de formación en el Hospital General" que no llegaban a impartirse, después de que Sergio Blasco solicitara contribuciones a empresas farmacéuticas con las que suscribía contratos de patrocinio.

Además del cobro de más de un millón en comisiones, la sección primera de la Audiencia de Valencia ha declarado probado que el exgerente del Consorcio usó el entramado societario diseñado, que incluye una quincena de mercantiles, para sufragar sus gastos particulares y de personas afines por un total de 529.218 euros.

Ese dinero lo destinó a contratos de renting para un coche, a abonos VIP para varias temporadas del Valencia Básket, a viajes a distintos países o a sufragar cursos para su mujer o gastos personales de su hijo.

VIAJES Y RENTINGS

En concreto, según se detalla en la sentencia, el dinero desviado se habría utilizado, por ejemplo, a un contrato de renting de un vehículo para Blasco por importe de 70.903,68 euros; viajes a Perú de enero a julio de 2008 por importe de 9.180,87 euros; un viaje a China del 3 al 10 de agosto 2008 por importe de 7.510 euros, durante la celebración de los Juegos Olímpicos en Pekín; y un viaje a Costa Rica del 13 al 17 de agosto 2008 por 5.486,14 euros, del que también se benefició Gisela Amparo S.B.

También consta un curso impartido por la Universidad de Navarra los días 31 de marzo a 3 de abril de 2008 por 3.438,94 euros cuya beneficiaria fue la esposa de Sergio Blasco; gastos de su hijo por importe de 3.750 euros; un viaje a Túnez en 2008 del que también se beneficiaron su esposa y otras personas por importe de 4.736,70 euros; o la compra de cuatro fincas rústicas a una sociedad por 125.000 euros. Y hubo más viajes: una escapada de placer durante las navidades de 2010 a Punta Cana por 24.514 euros; además de gastos de una falla de Alzira por importe de 6.000 euros.

Muchos de esos viajes tenían como pretexto conceptos como actividades de cooperación internacional o de publicidad institucional y fueron abonados por empresas del sector sanitario, aunque los magistrados matizan que no consta que todos ellos fueran el resultado de la comisión de un delito.

Además, tal y como acredita la sentencia, Sergio Blasco ingresó en una cuenta bancaria de su titularidad 250.000 euros correspondientes a dos décimos premiados de la Lotería Nacional o amortizó préstamos particulares.

NO PROBADA LA MALVERSACIÓN

El tribunal no considera probada la comisión de un delito de malversación de caudales públicos porque entiende que no se ha constatado un daño patrimonial a la Administración al no haberse acreditado que los bienes y servicios de las contrataciones irregulares no fueran prestados de forma efectiva. Y a la misma conclusión absolutoria llega con respecto al delito de negociaciones prohibidas a funcionarios y autoridades.

Por otro lado, la Sala justifica la absolución de cinco de los acusados porque no hay pruebas de su participación en la trama delictiva. Alude a que tres de esos encausados, uno de ellos hermano del principal condenado, eran meros testaferros de Sergio Blasco pero no se ha acreditado que conocieran sus actividades ni se lucraran tampoco con ellas.

La sentencia acuerda el decomiso de 1.028.361 euros, de cuyo pago deberá responder el antiguo gerente del CHGUV y, de forma solidaria, en determinadas cantidades según su participación en los hechos los otros cinco condenados.