El Supremo duda de la compatibilidad europea y plantea llevar la regularización al TJUE

Colas para gestionar documentos en el primer día de la regularización presencial. | EuropA Press.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo da un plazo de cinco días a las partes para que puedan expresar su parecer respecto a consultar al TJUE, tras recursos de la Comunidad Valenciana y Aragón

El Tribunal Supremo ha solicitado a las comunidades autónomas que cuestionaron la regularización extraordinaria de migrantes promovida por el Gobierno que se pronuncien acerca de la conveniencia de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta solicitud se fundamenta en la incertidumbre sobre si dicha regulación podría entrar en conflicto con la normativa comunitaria vigente.

  1. Planteamiento jurídico y procedimiento del Tribunal Supremo

Mediante dos providencias publicadas recientemente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha otorgado un plazo de cinco días para que las partes envíen su opinión sobre la posibilidad de consultar al TJUE. Estas actuaciones responden a los recursos presentados por la Comunidad Valenciana y Aragón contra la citada regularización.

Los magistrados han señalado que “el régimen de regularización establecido en las mencionadas normas adicionales del real decreto suscita la duda de si podría entrar en colisión con las normas que implementan el PMAUE”, refiriéndose al Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea.

Asimismo, se plantea a las partes la cuestión de si, a pesar de que la Directiva de Retorno no ha sido traspuesta aún por España, es posible que las personas en situación irregular en el país no se sometan a una orden de retorno —excepto en determinados casos autorizados por la normativa comunitaria— y, en cambio, se les reconozca de forma general un derecho de residencia temporal debido únicamente a su estancia irregular en España.

Estas providencias, emitidas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, se han dictado antes de resolver sobre las peticiones de medidas cautelares solicitadas por las comunidades autónomas denunciantes, y su resultado podría tener un impacto significativo en la política migratoria a nivel estatal.

Planteamiento jurídico y procedimiento del Tribunal Supremo

El planteamiento de la cuestión prejudicial al TJUE se interpreta como un mecanismo para aclarar posibles contradicciones entre la regulación interna y el derecho europeo en materia migratoria, especialmente en relación con el Pacto de Migración y Asilo de la UE.

Este paso judicial supone que las comunidades autónomas afectadas y el resto de partes involucradas evalúen la pertinencia de que el Tribunal Europeo se pronuncie sobre:

  • La compatibilidad del régimen de regularización con la normativa comunitaria.
  • La aplicabilidad o exclusión de la Directiva de Retorno en el contexto español, que aún no ha traspuesto esta directiva.
  • El reconocimiento de derechos de residencia temporal para migrantes en situación irregular por la mera permanencia en territorio nacional.

La resolución sobre las medidas cautelares y la cuestión prejudicial determinará la validez del real decreto y su cohencia con los compromisos europeos en materia de migración y asilo.